Proyecto de ley bloquearía candidaturas por varios delitos

Los ciudadanos condenados en segunda instancia por delitos como corrupción, abusos sexuales, tráfico de drogas y otros ilícitos graves estarían bloqueados para presentarse como candidatos a elecciones o para recibir pensiones del Estado, según lo que establece un proyecto de ley que se estudia en la Cámara de Diputados.
La iniciativa es autoría de la diputada Adelis Olivares, representante de la circunscripción dos del exterior por el Partido Revolucionario Moderno (PRM). El documento busca que los condenados por 17 delitos estén inhabilitados para presentar candidaturas en las elecciones municipales, congresuales y presidenciales, y para recibir otros beneficios estatales.
La propuesta legislativa, denominada ley de ficha limpia, tiene como objetivo cerrar el paso a quienes hayan cometido crímenes contra la administración pública o delitos de alta peligrosidad, al considerar que “no deben beneficiarse de los recursos ni de la representación del Estado”.
De acuerdo con el proyecto, las personas que estarían inhabilitadas son las condenadas en segunda instancia por delitos de corrupción, peculado, lavado de activos, delitos electorales, tráfico de drogas, abuso de poder, enriquecimiento ilícito, violencia de género, crímenes de lesa humanidad, trata de personas, abusos sexuales, homicidio intencional, crimen organizado, secuestro y otros delitos graves.
¿Qué significa ser condenado en segunda instancia?
Una condena en segunda instancia es la sentencia emitida por un tribunal superior tras revisar una apelación contra una sentencia de primera instancia, que puede confirmar, modificar o revocar el fallo original.
Esta fase es una garantía del derecho que permite que una decisión sea revisada por un órgano judicial de jerarquía superior, generalmente en respuesta a un recurso de apelación interpuesto por la parte que se considera perjudicada.
Las consecuencias
Si un tribunal confirma que ciertamente los delitos fueron cometidos y emite una sentencia definitiva, los condenados estarían impedidos de ocupar un puesto público o representativo de la nación, figurar en listas habilitadas para presentarse a elecciones o dirigir partidos políticos, optar por jubilación o pensión como empleados del Estado y beneficiarse de un indulto presidencial.
Según la propuesta legislativa, el período de inhabilitación sería de entre ocho y 16 años, contados a partir del cumplimiento total de la condena, aunque en algunos casos podría ser perpetuo, especialmente cuando se trate de condenas más firmes ratificadas por la Suprema Corte de Justicia.
Asimismo, el proyecto contempla la creación de un Registro Público de Ficha Limpia, administrado por la Junta Central Electoral (JCE), donde se publicarían las sentencias firmes que impiden a un ciudadano postularse a cargos electivos o desempeñar funciones públicas.
Gente vinculada
Este registro también incluiría a funcionarios, asesores, ministros, viceministros, diplomáticos, directores de empresas estatales y personas del sector privado que hayan sido condenados en asociación con casos de corrupción o delitos vinculados.
La iniciativa también faculta a cualquier ciudadano, partido político o entidad de la sociedad civil a impugnar candidaturas de personas inhabilitadas, una acción que la JCE deberá resolver en un plazo no mayor de 30 días hábiles.
El Ministerio de Administración Pública y la Junta Central Electoral, si se aprueba el proyecto totalmente en el Congreso, tendrían seis meses para diseñar los reglamentos y procedimientos que hagan posible la ejecución de esta ley, en caso de ser aprobada.
Finalmente, el proyecto establece que las violaciones a sus disposiciones serán sancionadas conforme a lo estipulado en el nuevo Código Penal dominicano.
Fuente: Diario Libre